El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional estableció el martes 21 de diciembre del 2021 nuevas restricciones que regirán en el Ecuador para evitar la propagación del coronavirus y la nueva variante Ómicron.
¿Cuáles son las medidas?
- El COE Nacional prohíbe la quema de monigotes en espacios públicos durante eventos que produzcan aglomeraciones como por ejemplo festivales, concursos de años viejos, exhibiciones, entre otros. Los ‘años viejos’ sí se pueden realizar en espacios privados o con el círculo familiar en el espacio público, salvo que algún cantón disponga lo contrario.
El COE señala que los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) emitirán su normativa para regular aforos en cantones y ciudades y dispuso que la capacidad en los locales y actividades comerciales sea la siguiente:
- Mercados, ferias, supermercados (una persona por familia), centros comerciales, museos, entidades financieras y entidades gubernamentales con atención al público con un aforo máximo del 75%.
- Restaurantes, patios de comida, templos religiosos, ferias de emprendimiento, cines y teatros (sin venta y consumo de alimentos y bebidas), gimnasios, balnearios, spa y similares (sin atención en baños turcos y saunas) con un aforo máximo del 50%.
- Aquellos cantones que cuenten con playas y balnearios, deberán establecer un aforo máximo del 75% y controlar un horario para su uso desde las 06:00 hasta las 18:00.
En sus lineamientos el COE prohíbe eventos públicos y privados entre los que constan:
- Bares, discotecas, centros de tolerancia y afines, centros de convenciones (cenas y almuerzos corporativos), salas de recepciones, conciertos, pases de Niño, procesiones, novenas en espacio público, festivales de año viejo, fiestas populares, verbenas, bailes populares y eventos barriales.
Asimismo se indica que la Autoridad Sanitaria Nacional también debe emitir una norma técnica para exigir de forma obligatoria la presentación del certificado o carné de vacunación con esquema completo para ingresar a lugares de atención al público a personas mayores de 12 años, excepto actividades relacionadas con la salud, educación, trabajo y servicios públicos.
No obstante, la prohibición de eventos públicos o privados y la presentación obligatoria del carné para ingresar a un establecimiento es cuestionada por expertos del derecho, quienes afirman que dichas medidas son inconstitucionales.
Pese a las observaciones, el COE de Guayaquil resolvió incorporar el carné de vacunación con las dos dosis completas, como requisito para asistir a espectáculos públicos masivos, eventos en hoteles, salones, centros de convenciones, teatros y cines en la ciudad.
Por su parte, el COE de Quito resolvió que bares y discotecas, centros de entretenimiento, centros de tolerancia y diversión nocturna funcionarán con un aforo del 30%.
¿Desde cuándo se aplican las resoluciones?
Las medidas tendrán vigencia desde el 23 de diciembre a las 00:01 hasta el 23 de enero del 2022 a las 23:59. Luego de esa fecha el COE “realizará la evaluación de la permanencia o no de las medidas adoptadas mediante esta resolución”.
Fuente: El Comercio