El pleno de la Asamblea Nacional negó este martes la reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que incluye la aprobación del aborto en tres causales: violación, incesto y malformación del feto. Ocurrió tras un fuerte y prolongado debate.
El texto de las reformas fue votado por partes, según propuso la legisladora Ximena Peña. Primero se dio paso al grupo de artículos que no consideraban los temas polémicos, como la despenalización del aborto por violación y el uso del cannabis para usos medicinales.
La moción necesitaba 70 votos mínimos para ser aprobada pero solo consiguió 65. Luego se negó una reconsideración de la votación.
La decisión de la Asamblea debe llegar a manos del presidente de la República Lenín Moreno, quien puede aprobarla o rechazarla.
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La despenalización del aborto; la producción, comercialización, distribución, uso y consumo del cannabis ; el comiso sin sentencia; la incautación de bienes; y, la posibilidad de mostrar el rostro de los delincuentes, entre otros, son los temas más polémicos de este proyecto que recoge 129 reformas al COIP, cuyo trámite se remonta a septiembre de 2015, cuando se presentó el primer proyecto.
Las leyes de aborto en Ecuador están vigentes desde 1938. La última vez que el país debatió si legalizar o no el aborto en casos de violación, en 2013, la Asamblea votó en contra.
«Una mujer violada debe decidir que hace con su embarazo, debe tener la oportunidad de parir ese hijo si así lo desea, o de interrumpir su embarazo, eso hoy día no es posible», dijo a Reuters Silvia Buendía abogada y activista de los derechos de las mujeres.
«Lo que queremos es dar a una mujer violada la oportunidad de decidir, no es que una mujer violada debe interrumpir su embarazo, ninguna mujer debería abortar, las mujeres lo que tienen es que decidir», agregó.
Actualmente en Ecuador está permitido el aborto en caso de violación a una mujer con una discapacidad mental y cuando el embarazo pone en peligro la vida de la madre.
El aborto está permitido en ciertos casos en Argentina, Chile y en muchos estados de México, mientras que en Cuba, Guyana, Guyana Francesa, Puerto Rico y Uruguay se permite abortar sin condiciones en las primeras semanas de gestación. En El Salvador, Honduras, Nicaragua y Haití está prohibido sin excepciones. (I)
Fuente: El Universo